Guía del vendedor
Venta de Inmueble
En caso de una venta de un inmueble, hay que declarar la ganancia patrimonial en caso de que el valor de la transmisión sea superior al de la adquisición en el IRPF en caso de persona residente o mediante el IRNR si es no residente. En ambos casos, la base imponible (es decir, la diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición) se calculará conforme a la Ley del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.
Valor de adquisición
Según ésta, formará parte del valor de adquisición (el real que aparezca en escrituras o el valor comprobado a efectos del Impuesto de Sucesiones y Donaciones) los gastos y tributos inherentes a la adquisición satisfechos por el transmitente (por ejemplo, gastos de notaría, registro de la propiedad, gestoría, abogado, comisiones, IVA, ISD o los gastos por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales) y los gastos por inversiones y mejoras.
Es importante destacar que para justificar todos estos gastos deberá efectuarse mediante factura expedida por quien realice las obras o preste el servicio. De dicho valor de adquisición, se deberá descontar la amortización fiscalmente deducida en los años en los que el inmueble estuvo arrendado.
Impuesto sobre las ganancias de capital
El impuesto español sobre las ganancias de capital es un impuesto sobre las ganancias obtenidas por la venta de una propiedad en España. La cantidad que está sujeta a impuestos es la ganancia, o el aumento de la diferencia entre lo que originalmente lo trajo y lo que terminó vendiéndolo.
La cantidad real que está sujeta a impuestos son solo las ganancias obtenidas por la venta de la propiedad después de haber deducido los costos de compra y venta. La forma en que paga este impuesto es a través de sus declaraciones de impuestos anuales. Cuando vaya a hacer sus declaraciones de impuestos españolas autoevaluadas, hay una sección designada a la ganancia o pérdida de la venta de activos, donde en el caso de la venta deberá completar.
Un no residente paga un impuesto del 19% sobre el beneficio de las ventas. Los no residentes en España de fuera de la Unión Europea pagarán una tasa fija del 24% por sus plusvalías.
Si vende una propiedad en España como no residente, se retiene un 3% estándar del precio de venta como impuesto sobre las ganancias de capital
¿Cómo se calcula el impuesto a las ganancias de capital?
La ganancia es la diferencia entre el precio de venta y el precio de compra. Se aplicará una corrección por inflación al precio de compra, la corrección por inflación se calcula utilizando tablas oficiales del gobierno español. Se pueden deducir todo tipo de costes: honorarios de abogados, honorarios de agentes inmobiliarios y los costes de remodelación o renovación.
Residente del Impuesto sobre Ganancias Patrimoniales
21% sobre la ración entre 0 € y 6.000 €
25% sobre la porción entre 6.000 € y 24.000 €
27% sobre la parte superior a 24.000 €
El impuesto se carga sobre el impuesto sobre la renta. Tienes que pagar el impuesto en el año en que se vende la propiedad.
Deducción fiscal del 3%
Si el vendedor no es residente en España, el comprador debe retener el 3% del precio de compra y pagarlo a las autoridades fiscales (formulario de solicitud 211). Si esto no se hace, las autoridades fiscales considerarán la propiedad como el activo que respalda la obligación tributaria del vendedor por las ganancias de capital. Es muy poco probable que esta condición se aplique cuando se compra a un desarrollador.
Exención del impuesto sobre las ganancias de capital
En los siguientes casos, no tiene que pagar el impuesto sobre las ganancias de capital:
- Si compra una casa nueva con el producto de la venta. Con la condición de que haya vivido al menos tres años de forma continua en su hogar actual, usted es un residente y su nuevo hogar es su residencia principal.
2. Si es residente, tiene más de 65 años y ha vivido al menos tres años de forma continua en su hogar actual.
Impuesto plusvalia
La Plusvalia, literalmente «más valor», es un impuesto municipal que grava la venta de una vivienda. Se calcula sobre la base del valor catastral (Valor catastral) de la propiedad y también se basa en el número de años que la propiedad ha estado en su poder.Por lo tanto, es aconsejable averiguar de antemano cuánto tiene que pagar Plusvalia. Pídale a su agente o abogado que lo averigüe. En el ayuntamiento, pueden calcular con precisión cuánto tienes que pagar Plusvalia.